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Familia · Régimen de visitas

¿Qué requisitos y documentos se necesitan para conciliar un régimen de visitas?

La solicitud debe identificar a las partes y a cada hija o hijo, explicar la limitación o necesidad de organizar el contacto y presentar una propuesta concreta. Además, esta materia requiere acreditar el cumplimiento de la obligación alimentaria o la imposibilidad de cumplirla.

Respuesta revisada

Orientación jurídica general

Publicación revisada el 30 de octubre de 2026 con legislación peruana y fuentes oficiales. No sustituye la calificación del expediente ni una asesoría sobre hechos y documentos particulares.

01

Información obligatoria de la solicitud

El artículo 18 del TUO del Reglamento de la Ley de Conciliación exige identificar a las partes, exponer los hechos ordenadamente y formular una pretensión clara. En visitas debe indicarse la situación actual del contacto y proponer días, horas, lugar y modalidad.

  • Fecha, identificación, domicilio real y datos de contacto del solicitante.
  • Nombre y domicilio real del padre o madre que será invitado.
  • Identificación de cada niña, niño o adolescente comprendido.
  • Relato breve de la separación y de la situación actual de las visitas.
  • Propuesta de días, horas, lugar y existencia o no de externamiento.
  • Firma, huella o firma electrónica o digital, según corresponda.
02

Documentos obligatorios y anexos que dependen del caso

El artículo 23 del Reglamento regula los anexos generales. Para esta materia, la partida de nacimiento permite acreditar el vínculo y el artículo 88 del Código de los Niños y Adolescentes exige prueba suficiente del cumplimiento alimentario o de la imposibilidad de cumplir.

Si ya existe un acta o una resolución relacionada con alimentos, tenencia o visitas, debe adjuntarse para identificar las obligaciones vigentes. Los poderes, documentos de representación y requisitos de audiencia electrónica solo corresponden cuando se presenta el supuesto respectivo.

  • Copia simple del documento oficial de identidad del solicitante.
  • Partida o acta de nacimiento de cada hija o hijo comprendido.
  • Comprobantes u otros documentos sobre el cumplimiento alimentario.
  • Documentación que sustente la imposibilidad de cumplir, si ese es el supuesto invocado.
  • Actas o resoluciones anteriores relacionadas, cuando existan.
  • Poder y documentos de representación, únicamente si resultan aplicables.
03

Información útil para construir un régimen realizable

Los horarios escolares, tratamientos, actividades, distancias y disponibilidad de traslado no son requisitos universales, pero permiten evaluar si la propuesta puede cumplirse sin alterar injustificadamente la vida de la niña, niño o adolescente.

Debe presentarse solo información pertinente y obtenida lícitamente. La existencia de violencia, medidas de protección o riesgos no debe ocultarse; esos antecedentes son relevantes para calificar la solicitud y determinar si corresponde otra vía de protección.

  • Calendario propuesto de visitas, vacaciones y fechas especiales.
  • Horarios escolares, terapias o actividades relevantes.
  • Información sobre domicilios, traslados y responsables del recojo.
  • Canal y anticipación propuesta para comunicar contingencias.
  • Documentos de salud o protección únicamente cuando sean pertinentes.
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