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Familia · Pensión de alimentos

¿Qué requisitos y documentos se necesitan para iniciar una conciliación de alimentos?

Para iniciar debe presentarse una solicitud que identifique a las partes, relate ordenadamente los hechos y formule con claridad la pretensión. El Reglamento distingue entre la información de la solicitud y los documentos que se adjuntan.

Respuesta revisada

Orientación jurídica general

Publicación revisada el 30 de octubre de 2026 con legislación peruana y fuentes oficiales. No sustituye la calificación del expediente ni una asesoría sobre hechos y documentos particulares.

01

Información que debe contener la solicitud

El artículo 18 del TUO del Reglamento de la Ley de Conciliación regula el contenido de la solicitud. En alimentos exige además indicar si existen otras personas con derecho alimentario, información relevante para preservar la buena fe y la legalidad.

  • Fecha de la solicitud.
  • Nombre, documento de identidad, domicilio real y datos de contacto del solicitante.
  • Nombre o razón social y domicilio real de la persona invitada.
  • Hechos que originan el conflicto, expuestos de manera ordenada y precisa.
  • Pretensión clara, con indicación de la materia que se desea conciliar.
  • Indicación de otras personas con derecho alimentario, si las hubiera.
  • Firma, huella o firma electrónica o digital, según la modalidad aplicable.
  • Datos de la interacción electrónica previa con la persona invitada, en los términos previstos por el Reglamento.
02

Anexos exigidos o condicionados por el caso

El artículo 23 regula los anexos. No todos se exigen en todas las situaciones: la representación, el poder o el certificado médico solo corresponden cuando se presenta el supuesto que la norma contempla.

  • Copia simple del documento oficial de identidad del solicitante y, cuando corresponda, de su representante.
  • Documento de representación y poder para conciliar, si se actúa mediante representante o apoderado.
  • Copias simples de los documentos relacionados con el conflicto.
  • Copias de la solicitud y anexos según el número de personas invitadas, para el trámite presencial.
  • Certificado médico, únicamente si se invoca la imposibilidad de asistir presencialmente por discapacidad temporal o permanente.
  • Copia de correos, aplicaciones u otro medio electrónico que acredite la interacción previa indicada en la solicitud.
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Documentos útiles que deben evaluarse sin convertirlos automáticamente en requisitos universales

Según los hechos, pueden resultar pertinentes la partida de nacimiento que acredita el vínculo, documentos educativos o médicos, comprobantes de gastos y la información disponible sobre la capacidad económica. Su necesidad concreta depende de la pretensión y de la calificación del expediente.

Si se solicita modificar una pensión ya vigente, debe revisarse además el acta, la sentencia o el documento que contiene la obligación actual. Esta pregunta se refiere a una fijación inicial; los aumentos, reducciones o exoneraciones requieren un análisis propio.

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