La finalidad es acreditar una regulación familiar integral
Cuando existen hijos menores, el artículo 4 de la Ley N.° 29227 no menciona únicamente la pensión de alimentos. Requiere sentencia firme o acta de conciliación conforme a ley respecto de los regímenes vinculados con el ejercicio de la patria potestad, alimentos, tenencia y visitas.
Si el acta solo fija una pensión y no existe otro título vigente que regule las demás materias exigidas, puede resultar insuficiente para el procedimiento de separación convencional. No corresponde prometer que será aceptada sin revisar el conjunto documental.