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Contrataciones públicas · Resolución de contrato

¿Qué requisitos se necesitan para conciliar una resolución de contrato público?

La solicitud debe identificar el contrato, la causal, los hechos, el procedimiento seguido, la comunicación de resolución y las pretensiones concretas. El requerimiento previo es un documento condicional: resulta esencial cuando la causal de incumplimiento lo exige, pero existen supuestos reglamentarios en los que la resolución se comunica sin apercibimiento.

Respuesta revisada

Orientación jurídica general

Publicación revisada el 30 de octubre de 2026 con legislación peruana y fuentes oficiales. No sustituye la calificación del expediente ni una asesoría sobre hechos y documentos particulares.

01

La solicitud debe delimitar las partes, los hechos y la pretensión

Los artículos 18 y 23 del TUO del Reglamento de la Ley de Conciliación regulan el contenido general y los anexos. Deben constar identificación, domicilios, representación, hechos ordenados, pretensiones, firma y documentos relacionados con la controversia.

En esta materia deben indicarse número y objeto del contrato, causal invocada, obligación afectada, alcance total o parcial, fecha y medio de notificación, efectos reclamados y propuesta de acuerdo. Si se solicitan daños, cada concepto debe cuantificarse y sustentarse por separado.

  • Solicitud firmada con hechos y pretensiones individualizados.
  • Identificación, RUC, domicilios y representación vigente.
  • Contrato, adendas y cláusula de solución de controversias.
  • Causal legal y obligación contractual claramente señaladas.
  • Propuesta sobre efectos y montos determinados o determinables.
02

La causal y el procedimiento requieren documentos verificables

Deben adjuntarse bases, requerimiento, oferta, informes, actas, comunicaciones y demás documentos que permitan comprobar la obligación y el hecho invocado. Para incumplimiento imputable se necesita el requerimiento bajo apercibimiento y su cargo, salvo que opere una excepción del artículo 122.

La comunicación de resolución debe mostrar causal, alcance y fecha de eficacia, además de su constancia de notificación. Si la resolución fue parcial, debe identificarse la parte cuantificable, separable e independiente afectada.

  • Evidencia específica de la causal invocada.
  • Requerimiento previo, plazo concedido y cargo, cuando corresponda.
  • Comunicación de resolución total o parcial.
  • Constancia de notificación y documentos de Pladicop o medio aplicable.
  • Respuesta, subsanación o actuaciones posteriores pertinentes.
03

Los efectos y mecanismos relacionados son documentos condicionales

El estado de ejecución debe mostrar prestaciones cumplidas, pendientes, conformidades, pagos, garantías, bienes y obligaciones de cierre. En obras pueden ser necesarios constatación, inventario y documentos de liquidación según el caso.

También deben presentarse decisiones de JPRD, solicitudes arbitrales, medidas cautelares o actuaciones relacionadas. Para controlar la caducidad son esenciales el acto controvertido y la fecha de notificación; las negociaciones posteriores no deben asumirse como reinicio del plazo sin fundamento legal.

  • Estado de prestaciones, pagos y garantías.
  • Inventario, constatación o liquidación, cuando correspondan.
  • Daños reclamados y documentos de causalidad y cuantía.
  • JPRD, arbitraje u otros mecanismos vinculados.
  • Cronología y cálculo documentado de la caducidad.