Los requisitos generales son obligatorios para iniciar
Los artículos 18 y 23 del TUO del Reglamento de la Ley de Conciliación regulan el contenido y los anexos de la solicitud: identificación, domicilios, representación, hechos, pretensiones, firma y documentos relacionados con la controversia.
En contratación pública deben añadirse el número y objeto del contrato, el régimen aplicable, la cláusula de solución de controversias, el entregable discutido y la propuesta de acuerdo. La pretensión debe indicar qué conformidad, corrección o consecuencia se solicita y no limitarse a pedir una revisión genérica.
- Solicitud firmada con hechos y pretensiones ordenados.
- Identificación, domicilios y representación vigente.
- Contrato, adendas y cláusula de controversias.
- Requerimiento, oferta y documento que define la prestación.
- Propuesta concreta, determinada o determinable.