La solicitud debe delimitar partes, hechos y pretensión
Los artículos 18 y 23 del TUO del Reglamento de la Ley de Conciliación exigen identificación, domicilios, representación, hechos, pretensiones, firma y anexos relacionados con la controversia.
En contratación pública deben agregarse el régimen, el contrato, la cláusula de solución de controversias, la obligación supuestamente incumplida, el monto por cada concepto y la fecha relevante para la caducidad. Una solicitud que solo menciona daños sin describir su origen no permite calificar la materia.
- Solicitud firmada con hechos y pretensiones ordenados.
- Identificación, RUC, domicilios y representación vigente.
- Contrato, adendas y cláusula de solución de controversias.
- Obligación, acto u omisión y fecha de conocimiento.
- Monto separado por cada concepto reclamado.