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Contrataciones públicas · Contratos menores

¿Qué requisitos se necesitan para conciliar una controversia de un contrato menor?

La solicitud debe cumplir los requisitos generales de la conciliación extrajudicial y, además, permitir comprobar la existencia del contrato menor, su régimen, la obligación controvertida y la pretensión concreta. Los documentos se organizan en obligatorios, condicionales y útiles según el caso.

Respuesta revisada

Orientación jurídica general

Publicación revisada el 30 de octubre de 2026 con legislación peruana y fuentes oficiales. No sustituye la calificación del expediente ni una asesoría sobre hechos y documentos particulares.

01

Requisitos generales de la solicitud

Los artículos 18 y 23 del TUO del Reglamento de la Ley de Conciliación exigen identificar a las partes y sus domicilios, acreditar la representación, exponer los hechos de manera ordenada, formular pretensiones claras, firmar la solicitud y adjuntar los documentos vinculados con la controversia.

La solicitud no debe limitarse a pedir que la otra parte “cumpla”. Debe indicar qué obligación se invoca, qué hecho constituye el desacuerdo, qué resultado se solicita y, cuando exista una suma, cómo fue calculada.

  • Solicitud firmada con hechos y pretensiones delimitados.
  • Identificación, domicilio y representación vigente de las partes.
  • Documentos relacionados con cada hecho relevante.
  • Cuantificación y método de cálculo, cuando se reclama dinero.
02

Documentos obligatorios para identificar el contrato menor

Deben presentarse la orden de compra, orden de servicio o contrato, junto con el requerimiento, términos de referencia o especificaciones y la oferta aceptada. Estos documentos permiten conocer el objeto, monto, plazo, obligaciones y forma de conformidad.

También se incorporan las comunicaciones que acreditan la notificación, entrega, observación, subsanación, resolución, conformidad, penalidad o falta de pago que sustenta la pretensión. La fecha de cada actuación es necesaria para revisar la caducidad y el régimen temporal.

  • Orden o contrato y constancia de notificación o suscripción.
  • Requerimiento, términos de referencia o especificaciones técnicas.
  • Oferta o cotización aceptada y documentos que integran el contrato.
  • Comunicaciones, cargos e informes que acreditan la controversia.
  • Cronología con fechas de ejecución y del desacuerdo.
03

Documentos condicionales y documentos útiles

Son condicionales los informes técnicos, actas de conformidad, comprobantes, valorizaciones, penalidades, cartas de resolución, peritajes, garantías o documentos de pago; se adjuntan cuando guardan relación con la pretensión. La entidad debe incorporar el informe y la autorización interna que correspondan para decidir si concilia.

Son útiles una cronología, un cuadro de obligaciones, una liquidación reproducible y una propuesta de acuerdo con fechas y responsables. Estos apoyos ordenan el caso, pero no sustituyen los documentos contractuales ni detienen por sí solos un plazo de caducidad.

  • Obligatorio: solicitud, representación, orden o contrato, requerimiento, oferta y evidencia del desacuerdo.
  • Condicional: conformidad, penalidad, resolución, informe técnico, comprobante, garantía o peritaje.
  • Útil: cronología, matriz de obligaciones, cuadro de cálculo y propuesta ejecutable.