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Civil y patrimonial · Resolución de contrato o convenio

¿Qué requisitos se necesitan para conciliar la resolución de un contrato?

La solicitud debe identificar el contrato, explicar ordenadamente la causa de terminación, describir las prestaciones cumplidas o pendientes y formular una propuesta concreta sobre restituciones, pagos y demás consecuencias. Los anexos dependen del tipo de contrato y del mecanismo invocado.

Respuesta revisada

Orientación jurídica general

Publicación revisada el 30 de octubre de 2026 con legislación peruana y fuentes oficiales. No sustituye la calificación del expediente ni una asesoría sobre hechos y documentos particulares.

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Contenido obligatorio de la solicitud

El artículo 18 del TUO del Reglamento de la Ley de Conciliación exige identificar a las partes y sus domicilios, narrar los hechos y formular las pretensiones. En esta materia deben separarse la terminación solicitada y cada consecuencia patrimonial pretendida.

  • Identificación, domicilio real y datos de contacto del solicitante.
  • Nombre o razón social y domicilio real de la persona invitada.
  • Identificación del contrato, fecha, objeto y documentos integrantes.
  • Causa sobrevenida o mecanismo de terminación que se propone.
  • Relación de prestaciones cumplidas, incumplidas y pendientes.
  • Pretensiones sobre restituciones, pagos, entregas o indemnización.
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Documentos esenciales y representación

El artículo 23 del Reglamento exige el documento oficial de identidad y los documentos relacionados con el conflicto. Deben acompañarse el contrato, sus anexos y adendas, además de los documentos que permitan reconstruir las obligaciones y su exigibilidad.

Si interviene una persona jurídica, deben verificarse su identificación, representación y facultades para conciliar y disponer. El poder es condicional: se presenta cuando la parte actúa mediante representante y debe ser suficiente para el acuerdo proyectado.

  • Copia simple del documento oficial de identidad.
  • Contrato, anexos, adendas, órdenes o documentos que lo integran.
  • Poder, vigencia y documentos de la persona jurídica, cuando corresponda.
  • Datos y documentos de terceros cuya intervención resulte necesaria.
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Sustentos que dependen de la controversia

Comprobantes de pago, cargos de entrega, conformidades, observaciones, cartas notariales, correos y comunicaciones son condicionales según los hechos. Si se invoca una cláusula resolutoria o una resolución por intimación, debe presentarse el contrato y la comunicación correspondiente.

Para restituciones o daños conviene adjuntar un cuadro de liquidación y sus comprobantes. Ese cuadro es útil, pero no sustituye la prueba de pagos, entregas, gastos o perjuicios ni permite presumir una indemnización.

  • Comprobantes de pago, entrega, recepción o conformidad.
  • Requerimientos, cartas notariales y respuestas vinculadas con el conflicto.
  • Cronología de vencimientos, condiciones y actuaciones de ambas partes.
  • Liquidación sustentada de devoluciones, saldos, penalidades o daños.
  • Partidas registrales, garantías o cláusula arbitral, si resultan pertinentes.
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