El acuerdo debe identificar la deuda y su saldo
El contrato, préstamo, comprobante, reconocimiento u otro documento permite conocer de dónde surge la obligación. Si la deuda se discute total o parcialmente, el acta debe señalar qué conceptos se reconocen, cuáles permanecen controvertidos y qué alcance tiene el acuerdo.
El saldo no debe copiarse de una cifra aislada. Debe partir del capital, descontar los pagos acreditados y separar intereses u otros conceptos que tengan sustento legal o contractual. Cuando existen varias deudas, debe indicarse a cuál se aplicará cada entrega.
- Origen, fecha y partes de la obligación.
- Capital y moneda correspondiente.
- Pagos anteriores debidamente acreditados.
- Intereses y gastos diferenciados del capital.
- Saldo aceptado y fecha de cálculo.