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Civil y patrimonial · Obligación de dar suma de dinero

¿Qué requisitos se necesitan para conciliar una obligación de dar suma de dinero?

La solicitud debe identificar a las partes, explicar por qué existe la obligación y precisar el monto, moneda, vencimiento y petición concreta. Los anexos deben permitir comprobar la entrega inicial, los pagos posteriores y el cálculo del saldo.

Respuesta revisada

Orientación jurídica general

Publicación revisada el 30 de octubre de 2026 con legislación peruana y fuentes oficiales. No sustituye la calificación del expediente ni una asesoría sobre hechos y documentos particulares.

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Contenido obligatorio de la solicitud

El artículo 18 del TUO del Reglamento exige los datos y domicilios de las partes, los hechos expuestos de forma ordenada y precisa, y la pretensión indicada con claridad. Cuando la suma aún debe calcularse, la solicitud debe explicar los criterios objetivos utilizados.

  • Identificación, domicilio real y contacto del solicitante.
  • Nombre o razón social y domicilio real de la persona invitada.
  • Origen, fecha y vencimiento de la obligación.
  • Monto, moneda y conceptos reclamados.
  • Forma de cálculo si la suma es determinable.
  • Pretensión y propuesta concreta de cumplimiento.
02

Documentos esenciales y prueba del origen

El artículo 23 del Reglamento exige acompañar el documento oficial de identidad y los documentos relacionados con el conflicto. Debe presentarse el contrato, mutuo, pagaré, comprobante, reconocimiento, liquidación u otro antecedente que explique el nacimiento de la obligación.

Cuando el origen supone una entrega de dinero o una contraprestación previa, son relevantes el depósito, transferencia, recibo, cargo o documento equivalente. Una liquidación unilateral sin documentos de origen puede ser insuficiente para comprender la controversia.

  • Copia simple del documento oficial de identidad.
  • Documento que contiene o sustenta la obligación.
  • Constancia del desembolso, entrega o contraprestación.
  • Liquidación desagregada con fecha de corte.
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Documentos condicionales y útiles

Los comprobantes de pagos parciales son necesarios cuando deben reducir el saldo. Las cartas y comunicaciones son pertinentes si se discuten vencimiento, requerimiento, mora o una respuesta del obligado.

Poderes, garantías, títulos valores, cesiones y expedientes judiciales son condicionales. Deben adjuntarse cuando puedan modificar a las partes, la suma, la exigibilidad o la vía disponible.

  • Recibos, depósitos y transferencias posteriores.
  • Requerimientos y respuestas relacionados con el pago.
  • Poder y vigencia de representación, cuando corresponda.
  • Pagaré, aval, garantía o cesión vinculados a la obligación.
  • Demanda y resoluciones relevantes, si existe proceso.
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