Elementos esenciales para evaluar la procedencia y el plazo
Los artículos 1596 y 1597 del Código Civil relacionan el plazo con la comunicación de fecha cierta o con el conocimiento de la transferencia por otro medio. La fecha debe documentarse con precisión, pues el artículo 497 del Código Procesal Civil declara improcedente la demanda presentada fuera de treinta días naturales desde el conocimiento.
- Relato cronológico firmado con fechas verificables.
- Contrato, escritura, minuta, dación en pago u otro título íntegro de transferencia.
- Comunicación de fecha cierta o evidencia lícita del conocimiento de la venta.
- Identificación del enajenante y del adquirente.
- Partida registral y asientos relacionados con el bien, cuando corresponda.