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Civil y patrimonial · Indemnización por accidentes de tránsito

¿Qué requisitos se necesitan para conciliar una indemnización por accidente de tránsito?

La solicitud debe identificar a solicitante e invitados, describir el accidente en orden cronológico, formular una pretensión civil determinada o determinable y adjuntar los documentos relacionados disponibles. Los partes policiales, documentos médicos, peritajes y pólizas son pertinentes según los daños y las personas involucradas; no todos son requisitos universales.

Respuesta revisada

Orientación jurídica general

Publicación revisada el 30 de octubre de 2026 con legislación peruana y fuentes oficiales. No sustituye la calificación del expediente ni una asesoría sobre hechos y documentos particulares.

01

Contenido obligatorio de la solicitud

Los artículos 18 y 23 del TUO del Reglamento de la Ley de Conciliación regulan el contenido de la solicitud y sus anexos. Deben constar la identificación y domicilio del solicitante, el nombre y domicilio de cada invitado, los hechos, la pretensión y la firma, además del documento de identidad y los documentos relacionados con el conflicto.

En esta materia conviene identificar fecha, hora, lugar, vehículos, placas, conductor, propietario, víctimas o bienes afectados y la relación que se atribuye a cada invitado. La reparación solicitada debe separarse por conceptos y explicar cómo se obtuvo cada monto.

  • Solicitud firmada, identidad y domicilio del solicitante.
  • Nombre o razón social y domicilio real de cada invitado.
  • Relato cronológico del accidente y personas involucradas.
  • Pretensión, conceptos reclamados y monto o criterio determinable.
  • Copias simples para el expediente y las invitaciones correspondientes.
02

Documentos esenciales según el daño reclamado

El parte, denuncia, acta o registro policial disponible ayuda a identificar el evento, pero no prueba por sí solo toda la responsabilidad ni la cuantía. Para daños personales son relevantes los documentos médicos y comprobantes vinculados con las lesiones; para daños materiales, las fotografías, presupuestos, facturas, peritajes o valorizaciones pertinentes.

También deben identificarse los vehículos y sus titulares. La tarjeta de identificación vehicular, la partida o consulta registral, la licencia y los documentos del servicio de transporte permiten evaluar a quién corresponde invitar conforme al artículo 29 de la Ley N.° 27181.

  • Documento policial o fiscal disponible sobre el accidente.
  • Identificación vehicular y titularidad registral pertinente.
  • Certificados, atenciones, recetas y gastos médicos relacionados.
  • Fotografías, presupuestos, facturas o peritajes del daño material.
  • Sustento verificable de ingresos afectados, si se reclama lucro cesante.
03

Seguros, representación y procesos son documentos condicionales

Si se activó el SOAT, CAT o un seguro vehicular, deben presentarse la póliza o certificado, número de siniestro, cartas de garantía, reembolsos, indemnizaciones y comunicaciones relevantes. Esta información permite conocer qué conceptos fueron atendidos y evitar una doble reparación.

El poder con facultades para conciliar es necesario cuando interviene un representante. También deben informarse investigaciones, procesos, resoluciones, acuerdos anteriores y pagos recibidos, porque pueden modificar la materia disponible, los participantes o el alcance de un nuevo acuerdo.

  • SOAT, CAT, póliza voluntaria y constancias de cobertura o pago.
  • Poder vigente y facultades suficientes, cuando exista representación.
  • Documentos de Fiscalía, juzgado o autoridad administrativa, si existen.
  • Acuerdos, reparaciones o pagos previamente efectuados.