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Contrataciones públicas · Conciliación en Cusco

Prestaciones accesorias

Guía para evaluar controversias sobre mantenimiento, reparación u otras actividades vinculadas a la prestación principal de un contrato público.

11 · Preguntas frecuentes

Respuestas breves

¿Las prestaciones accesorias son conciliables?

Sí. El artículo 330.1 del Reglamento las incorpora expresamente como materia conciliable.

¿Qué ejemplos reconoce el Reglamento?

El artículo 113.2 menciona mantenimiento, reparación o actividades afines.

¿Toda obligación posterior es accesoria?

No. Debe revisarse su fuente, monto, contenido y relación con la prestación principal.

¿Cuál es el monto de la garantía adicional?

Como regla del artículo 113.2, equivale al 10% del monto contractual de la prestación accesoria.

¿Hasta cuándo se renueva la garantía?

Periódicamente hasta la conformidad de las obligaciones garantizadas.

¿La conformidad principal extingue la accesoria?

No necesariamente. Debe verificarse el plazo y la conformidad propios de la obligación accesoria.

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