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Contrataciones públicas · Conciliación en Cusco

Liquidación de contrato

Guía para preparar y evaluar una conciliación sobre el resultado económico final de un contrato público, sin confundir liquidación, conformidad ni pago.

11 · Preguntas frecuentes

Respuestas breves

¿La liquidación puede conciliarse?

Sí, está expresamente comprendida por el artículo 81.1.e de la Ley N.º 32069, sujeto al régimen, pacto contractual y caducidad.

¿Toda contratación tiene el procedimiento del artículo 215?

No. Ese artículo regula consultoría de obras y ejecución de obras; otros objetos requieren revisión propia.

¿La liquidación equivale a la conformidad?

No. Son actuaciones diferentes, aunque pueden estar relacionadas en el cierre contractual.

¿Puede conciliarse una nulidad?

No. La Ley N.º 32069 excluye expresamente la nulidad del contrato.

¿La conciliación paraliza el contrato?

No de manera automática por la sola presentación de la solicitud.

¿Qué fecha importa para la caducidad?

Depende del régimen y del objeto; en liquidación de obra la ley vincula el inicio a la culminación del procedimiento de liquidación.

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